Cambio de titularidad para evitar embargo: ¿Por qué no es recomendable?
Cuando una persona atraviesa una situación económica difícil, con deudas acumuladas y la amenaza de un embargo, es comprensible que busque soluciones rápidas para proteger su patrimonio. Una de las ideas que pueden surgir es realizar un cambio de titularidad para evitar embargo, transfiriendo bienes a nombre de un familiar o persona de confianza con la esperanza de que esos activos queden fuera del alcance de los acreedores.
Aunque esta estrategia puede parecer sencilla y efectiva a corto plazo, la realidad es que puede derivar en serias consecuencias legales. El ordenamiento jurídico español considera este tipo de acciones como una forma de fraude, y tanto el deudor como la persona que recibe el bien pueden enfrentarse a procesos judiciales y sanciones penales.
En este artículo abordaremos en profundidad qué implica realmente un cambio de titular con deudas, por qué se considera un delito en determinadas circunstancias, qué riesgos conlleva y, sobre todo, qué alternativas legales existen para resolver una situación financiera complicada sin recurrir a prácticas que pueden agravar aún más el problema.
¿Qué implica cambiar la titularidad para evitar un embargo?
Antes de tomar decisiones precipitadas frente a una deuda, es fundamental comprender con claridad en qué consiste esta práctica y cuáles son sus implicaciones.
Definición y motivaciones comunes
El cambio de titularidad para evitar un embargo consiste en transferir la propiedad de un bien —ya sea una vivienda, un vehículo, una cuenta corriente u otro activo con valor— a otra persona con el objetivo de evitar que este sea embargado por los acreedores. En otras palabras, se intenta que el bien desaparezca del patrimonio del deudor para que no pueda ser ejecutado por quienes reclaman una deuda pendiente.
Esta acción puede realizarse a través de una compraventa simulada, una donación encubierta o incluso mediante la renuncia a una herencia. En todos los casos, el objetivo es eludir la responsabilidad patrimonial mediante la ocultación de bienes. Las motivaciones que llevan a adoptar este tipo de decisiones son variadas: desde el deseo de preservar la vivienda familiar hasta el temor a perder bienes esenciales para el día a día o para el sustento económico.
Sin embargo, esta conducta, aunque aparentemente inofensiva, entra en conflicto con el principio de responsabilidad patrimonial universal del deudor, recogido en el artículo 1911 del Código Civil, que establece que toda persona responde con sus bienes presentes y futuros del cumplimiento de sus obligaciones.
¿Es legal esta práctica?
La respuesta es no. Aunque la operación pueda estar revestida de apariencia legal —por ejemplo, mediante una escritura pública de compraventa—, si se demuestra que el propósito real era evitar el embargo, se considerará un acto fraudulento.
Esta conducta se encuadra dentro del delito de alzamiento de bienes, tipificado en el artículo 257 del Código Penal español. Este precepto castiga a quien, con el conocimiento de que existe una deuda, realiza actos de disposición de su patrimonio con la finalidad de dificultar o impedir su ejecución. La ley establece penas de prisión de uno a cuatro años y multas de doce a veinticuatro meses.
El simple hecho de haber transferido bienes a otra persona no exime al deudor de responsabilidad. De hecho, los tribunales pueden investigar la operación, valorar la intencionalidad y anularla si consideran que se ha producido con el único fin de defraudar a los acreedores.
Riesgos legales del cambio de titularidad con deudas
Recurrir al cambio de titularidad para evitar un embargo no solo es una estrategia fallida a largo plazo, sino que también puede convertirse en una fuente de problemas mucho mayores. Estas son algunas de las consecuencias legales más relevantes.
Delito de alzamiento de bienes
El alzamiento de bienes es una conducta delictiva que consiste en esconder, enajenar o traspasar bienes con la intención de impedir que los acreedores cobren lo que se les debe. No es necesario que se haya consumado el perjuicio económico; basta con la intención de frustrar el cobro para que el acto pueda ser considerado delictivo.
Además del deudor, la persona que recibe el bien también puede incurrir en responsabilidad penal si se demuestra que conocía las circunstancias de la operación. En muchos casos, estas transmisiones se hacen a familiares cercanos, lo que puede generar conflictos personales graves, además de complicaciones judiciales para ambas partes.
Nulidad de la transferencia
Incluso si no se inicia un proceso penal, los acreedores pueden acudir a la vía civil para solicitar la nulidad de la transmisión de bienes, mediante lo que se conoce como acción revocatoria o acción pauliana.
Este recurso permite dejar sin efecto aquellas operaciones que, realizadas con intención fraudulenta, perjudican los derechos de cobro del acreedor. Si el juez estima que el cambio de titularidad fue efectuado para eludir un embargo, puede ordenar su anulación y permitir que el bien vuelva al patrimonio del deudor para ser embargado.
En definitiva, no solo no se evita el embargo, sino que se añade un nuevo problema jurídico que puede alargar el procedimiento y aumentar los costes del mismo.
Impacto en relaciones personales
Una consecuencia muchas veces ignorada es el impacto personal y emocional que este tipo de decisiones puede generar. Al traspasar bienes a familiares o amigos cercanos con el objetivo de evitar embargos, se está involucrando a personas queridas en una situación que puede volverse muy compleja.
Si la transferencia es cuestionada por la justicia, quienes han recibido el bien pueden verse implicados en procedimientos judiciales, tener que devolver lo recibido o incluso responder penalmente si se demuestra su complicidad. Esta situación puede deteriorar gravemente las relaciones personales y generar rupturas irreparables.
Alternativas legales para evitar embargos
Frente a una situación de endeudamiento o amenaza de embargo, existen mecanismos legales que permiten hacer frente a la deuda sin recurrir a prácticas arriesgadas ni ilegales. Estas alternativas pueden ofrecer soluciones reales y sostenibles, adaptadas a cada situación particular.
Negociación con acreedores
La vía más directa y muchas veces más efectiva es la negociación con los acreedores. Lejos de lo que se suele pensar, muchas entidades están dispuestas a revisar las condiciones de pago cuando el deudor demuestra voluntad de resolver su situación.
A través de una negociación, es posible:
- Reestructurar los plazos de pago.
- Solicitar reducciones o quitas sobre el importe total.
- Aplazar temporalmente las cuotas.
- Agrupar deudas en un solo pago mensual más asequible.
Este tipo de soluciones no solo son legales, sino que permiten conservar el patrimonio y evitar la ejecución forzosa.
Ley de Segunda Oportunidad
Otra alternativa es acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, pensada para personas físicas —trabajadores por cuenta ajena, autónomos y pequeños empresarios— que se encuentran en situación de insolvencia.
Este procedimiento, regulado en el Real Decreto-ley 1/2015, permite al deudor:
- Intentar un acuerdo extrajudicial de pagos.
- Reestructurar su deuda de forma ordenada.
- Obtener, en casos determinados, la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, la cancelación total o parcial de la deuda.
Se trata de un proceso garantista, con supervisión judicial y de administradores concursales, que permite al deudor comenzar de nuevo sin tener que recurrir a prácticas ilegales o peligrosas.
Asesoramiento legal especializado
En situaciones complejas, contar con el respaldo de un abogado especializado en derecho concursal, mercantil o civil es fundamental. Un profesional puede analizar el caso con objetividad, determinar las opciones disponibles y actuar en defensa del patrimonio del deudor de forma legal.
El asesoramiento adecuado puede marcar la diferencia entre perder un bien y encontrar una solución alternativa, entre enfrentarse a un delito o actuar dentro de la legalidad. Además, permite planificar estrategias realistas y evitar decisiones impulsivas que, a largo plazo, solo agravan el problema.
Conclusión: la importancia de actuar dentro del marco legal
Cuando una persona se ve amenazada por un procedimiento de embargo, la presión emocional y el miedo pueden llevarla a buscar salidas rápidas que parecen ofrecer una solución. Sin embargo, el cambio de titularidad para evitar un embargo no solo no resuelve el problema, sino que lo agrava notablemente desde el punto de vista legal, personal y económico.
El intento de ocultar bienes para impedir que sean embargados está tipificado como delito de alzamiento de bienes, con consecuencias que pueden incluir penas de prisión, multas e implicaciones civiles. Además, la nulidad de la operación y la exposición de terceros hacen que esta práctica sea, en muchos casos, un grave error.
Frente a esto, es preferible optar por vías legales como la negociación, la Ley de Segunda Oportunidad o el asesoramiento profesional. Actuar dentro del marco de la ley no solo es más seguro, sino también más eficaz para encontrar soluciones estables y duraderas. La prevención, la información y la responsabilidad son los pilares para salir de una situación de endeudamiento sin poner en riesgo el patrimonio ni la libertad personal.