Ley de Segunda Oportunidad
En Bravo sabemos lo que significa vivir con deudas que parecen no tener fin. La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal pensada para personas como tú: particulares o autónomos que atraviesan una situación de insolvencia y necesitan empezar de nuevo.
Nuestro equipo especializado te acompaña en todo el proceso para que consigas la cancelación total o parcial de tus deudas y recuperes la tranquilidad financiera.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal vigente en España desde 2015, reformado en 2022 para simplificar y agilizar su aplicación. Permite a las personas físicas, tanto particulares como autónomos, liberarse de sus deudas cuando estas resultan imposibles de pagar.
¿Dónde se encuentra regulada?
La ley de la Segunda Oportunidad está regulada en:
La ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, que entró en vigor el 30 de julio de 2015.
La Ley Concursal, modificada por la La ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo.
¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad en 2025?
Pueden acogerse aquellas personas que:
- Sean particulares o autónomos.
- Estén en situación de insolvencia.
- Tengan una deuda que no supere los 5 millones de euros.
- No tengan antecedentes por delitos económicos.
- Hayan actuado de buena fe, demostrando el haber intentado llegar a un acuerdo con los acreedores.
La Ley se aplica tanto para las personas físicas residentes en España, como para aquellas extranjeras (particulares o autónomos), siempre y cuando su residencia en España esté legalizada, así como toda la documentación en regla. También si al menos tienen en España el centro de sus intereses principales (patrimonio, bienes, negocios, administración, financiación y deuda, etc.).
¿Qué pasa con las empresas?
¿Pueden acogerse a este mecanismo legal?
La Ley de Segunda Oportunidad en España está diseñada exclusivamente para personas físicas, tanto particulares como autónomos. Esto significa que las sociedades mercantiles (S.L., S.A., etc.) no pueden acogerse a este mecanismo legal.
En el caso de las empresas, lo que corresponde es acudir al concurso de acreedores, un procedimiento diferente que regula la insolvencia de las sociedades y que tiene sus propias fases y requisitos.
¿Cuál es el proceso a seguir?
- Solicitud dirigida al Juzgado de lo Mercantil: en esta solicitud se deberá detallar la situación personal del deudor, el cumplimiento de los requisitos, el tipo de insolvencia y los ingresos disponibles. El deudor podrá elegir entre (i) exoneración sin bienes (ii) exoneración con liquidación de activo (iii) exoneración con plan de pagos.
- Exoneración de Deudas: una vez en concurso, el deudor podrá elegir en función de su situación en concreto entre (i) exoneración sin bienes (ii) exoneración con liquidación de activo (iii) exoneración con plan de pagos.
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- Exoneración sin bienes: esta opción va destinada únicamente a las personas que no tienen bienes para liquidar y hacer frente a sus deudas y, por ello, se les permite solicitar la cancelación de estas sin que su patrimonio se vea perjudicado.
- Exoneración con liquidación: con esta opción el deudor podrá cancelar todas sus deudas pendientes (salvo las legalmente no exonerables) con su patrimonio (de tener suficiente).
- Exoneración con plan de pagos: bajo esta opción el deudor podrá proteger tanto la vivienda habitual como cualquier activo empresarial, si los hubiera, cancelando una parte de sus deudas y teniendo que hacer frente al resto de sus deudas a través de un plan de pago a tres o cinco años.
Deudas que puedes cancelar
La ley de 2da oportunidad permite cancelar diversos tipos de deudas, incluyendo:
- Préstamos personales.
- Tarjetas de crédito.
- Hipotecas (bajo ciertas condiciones).
- Deudas con proveedores en el caso de autónomos.
- Deudas con Hacienda y Seguridad Social, aunque con ciertas limitaciones.
Deudas que no puedes cancelar
Aunque la ley es muy amplia, hay ciertas deudas que quedan fuera del proceso:
- Pensiones de alimentos.
- Multas penales.
- Responsabilidades civiles derivadas de delitos.

Proceso para cancelar deudas a través de Bravo
En Bravo simplificamos el proceso para que no tengas que preocuparte de nada:
- Análisis sin compromiso de tu situación y viabilidad.
- Presentación de la solicitud y acompañamiento en todo momento.
- Negociación con acreedores y gestión del procedimiento para conseguir el mejor descuento en tus deudas.
- Exoneración definitiva de tus deudas en un plazo aproximado de 12 a 18 meses.
- Reincorporación al sistema crediticio.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo dura el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad en 2025?
La duración puede variar en función de cada caso concreto, pero como regla general, se puede hablar desde 3-6 meses hasta el máximo de 18 meses que actualmente fija la ley para los casos más complejos o en localidades con juzgados más saturados.
¿Qué pasa si tengo deudas con Hacienda o la Seguridad Social?
Las deudas con estas entidades tienen limitaciones para ser exoneradas, pero se pueden reestructurar bajo ciertos acuerdos. En concreto, es posible cancelar hasta un máximo de 10.000 euros de deuda con Hacienda y otros 10.000 euros de deuda con la Seguridad Social.
¿Me puedo acoger a la Ley de la Segunda Oportunidad si soy autónomo?
Sí, de hecho los autónomos son uno de los perfiles más beneficiados.
¿Qué pasa con mis datos en ficheros de morosidad?
Se eliminan una vez el juez concede la exoneración.
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