¿Qué es la Retención por Diligencia de Embargo? ¿Qué hacer?

Si alguna vez has recibido una notificación de la Agencia Tributaria o de otro organismo público informándote de que se ha procedido a bloquear tu cuenta bancaria por una deuda pendiente, es posible que te hayas preguntado sobre la retención por diligencia de embargo y qué puedes hacer al respecto.

En este artículo, vamos a explicarte qué es una diligencia de embargo, por qué se produce, qué tipos existen y cómo puedes actuar para solucionar tu situación financiera y evitar mayores consecuencias.

Te has preguntado ¿qué es la diligencia de embargo? Pues, este es un documento emitido por la entidad competente (AEAT, Ayuntamiento o Seguridad Social) para informar al deudor o a terceros relacionados (como el banco, empleador o arrendador) sobre el inicio de un proceso de embargo de sus activos y derechos. Su objetivo es recuperar la deuda, incluyendo recargos, intereses y costos acumulados.

Este procedimiento se activa cuando el deudor no ha pagado la deuda durante el período voluntario o en el plazo concedido después de recibir la notificación de apremio.

En ese momento, se inicia la fase de embargo, que se rige por los principios de proporcionalidad y subsidiariedad. Esto implica que se embargará solo lo necesario para cubrir la deuda y se seguirá un orden de preferencia en la elección de los activos a embargar.

¿Por Qué Ocurre una Retención por Diligencia de Embargo?

Conociendo antes que es una diligencia de embargo, podemos decir que la retención por diligencia de embargo ocurre cuando el órgano competente ordena al tercero que tiene relación con el deudor que retenga e ingrese en el Tesoro Público una parte o la totalidad del dinero o crédito que le debe al deudor.

De esta forma, se garantiza el cobro de la deuda sin necesidad de embargar directamente los bienes del deudor. Afecta a diferentes tipos de dinero o crédito, como las cuentas bancarias, los sueldos, salarios y pensiones, los valores mobiliarios o los créditos comerciales.

Dependiendo del tipo de retención, existen unas normas específicas sobre el importe a retener, el plazo para ingresar y las posibles exenciones o reducciones.

Tipos de Diligencia de Embargo

Diligencia de Embargo de la Agencia Tributaria (AEAT)

Se trata de un procedimiento administrativo que realiza la Agencia Tributaria (AEAT) para cobrar las deudas tributarias que no han sido pagadas en el plazo establecido.

La diligencia de embargo consiste en notificar al deudor y al tercero afectado (por ejemplo, el banco o el empleador) la cantidad que se va a embargar y los bienes o derechos que se van a afectar.

La AEAT puede embargar cuentas bancarias, salarios, pensiones, inmuebles, vehículos, etc. El orden de preferencia y los límites de embargo se encuentra regulados por la ley.

Diligencia de Embargo del Ayuntamiento

La retención por diligencia de embargo del ayuntamiento es el procedimiento que lleva a cabo este organismo para reclamar las deudas derivadas de impuestos, tasas o multas municipales.

Esta entidad solicita a la AEAT que ejecute el embargo en su nombre o hacerlo directamente mediante una notificación al deudor y al tercero afectado.

El ayuntamiento puede embargar los mismos bienes o derechos que la AEAT, pero con algunas diferencias en el orden de preferencia y los límites de embargo.

Diligencia de Embargo de la Seguridad Social

Es el procedimiento que utiliza la Seguridad Social para cobrar las cuotas impagadas por los trabajadores o los empresarios. La diligencia de embargo se notifica al deudor y al tercero afectado, indicando la cantidad que se va a embargar y los bienes o derechos que se van a afectar.

La Seguridad Social puede embargar cuentas bancarias, salarios, pensiones, inmuebles, vehículos, etc. El orden de preferencia y los límites de embargo son similares a los de la AEAT.

¿Cómo Actuar Ante una Diligencia de Embargo?

Primeros Pasos Tras Recibir una Diligencia

Si has recibido una diligencia de embargo, lo primero que debes hacer es verificar su validez y su legalidad. Para ello, comprueba que la diligencia contenga los siguientes datos:

  • El órgano que la emite y el número de la diligencia de embargo.

  • La identificación del deudor y del tercero afectado, si lo hay.

  • El importe de la deuda y el concepto por el que se reclama.

  • El bien o derecho que se embarga y el importe por el que se embarga.

  • La fecha y la firma del funcionario que la expide.

Si detectas algún error o irregularidad en la diligencia, presenta una reclamación ante la Agencia Tributaria o impugna ante los tribunales.

Opciones Legales y Derechos del Deudor

Como deudor, tienes una serie de opciones legales y derechos que puedes ejercer ante una diligencia de embargo. Estos son algunos de ellos:

  • Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago de la deuda, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley y se ofrezcan garantías suficientes. Si se concede el aplazamiento o fraccionamiento, se suspenderá el embargo mientras se cumpla con el plan de pago acordado.

  • Alegar la prescripción de la deuda, si han transcurrido más de cuatro años desde que finalizó el plazo voluntario de pago sin que la Agencia Tributaria haya iniciado ninguna acción para cobrar.

  • Alegar la nulidad del procedimiento administrativo que originó la deuda, si se han vulnerado tus derechos fundamentales o se han incumplido las normas legales.

  • Alegar la inexistencia o la extinción de la deuda, si puedes demostrar que ya la has pagado, que te han devuelto lo pagado indebidamente o que se ha producido alguna causa legal que anula la obligación de pago.

  • Alegar la improcedencia del embargo, si puedes demostrar que el bien o derecho embargado es inembargable por ley, que está afecto a una actividad económica indispensable para tu subsistencia o que tiene un valor superior al importe de la deuda.

  • Solicitar la sustitución del bien embargado por otro de menor valor o por una garantía suficiente para asegurar el pago de la deuda.

  • Solicitar la devolución del exceso embargado, si el importe retenido por el tercero supera al importe adeudado.

Consecuencias de Ignorar una Diligencia de Embargo

Si ignoras una diligencia de embargo y no pagas la deuda ni ejerces tus derechos, puedes enfrentarte a graves consecuencias legales y financieras con la Agencia Tributaria. Estas son algunas de ellas:

  • Seguirá embargando tus bienes o derechos hasta cubrir el total de la deuda, los intereses y los recargos. Esto afecta a tus cuentas bancarias, tus sueldos, tus pensiones, tus propiedades, tus vehículos, tus acciones, tus créditos o cualquier otro activo que poseas.

  • Iniciará un procedimiento de apremio contra ti, que implica el cobro forzoso de la deuda mediante la enajenación de tus bienes embargados. Esto supone la pérdida definitiva de tus bienes o la venta de los mismos por un precio inferior al de mercado.

  • Inscribirá tu deuda en el Registro de Deudores Tributarios, lo que implica que tu nombre y tu situación fiscal se hagan públicos y puedan ser consultados por cualquier persona o entidad. Esto afectará tu reputación y capacidad para acceder a créditos, subvenciones, contratos públicos o beneficios fiscales.

  • Comunicará tu deuda a las entidades financieras y a las empresas de servicios, lo que dificulta o impide que puedas abrir o mantener cuentas bancarias, contratar tarjetas de crédito, solicitar préstamos o acceder a servicios básicos como la luz, el agua o el gas.

  • Puede sancionarte por incumplir tus obligaciones tributarias, lo que implica el pago de multas que pueden oscilar entre el 50% y el 150% del importe de la deuda.

Estrategias para Resolver y Prevenir Embargos

Si quieres resolver y prevenir futuros embargos, te recomendamos que sigas estas estrategias:

  • Paga tus impuestos en el plazo voluntario o solicita un aplazamiento o fraccionamiento si no puedes hacer frente al pago. Así evitarás que tu deuda pase a periodo ejecutivo y se inicie el procedimiento de embargo.

  • Lleva un control riguroso de tu situación fiscal y revisa periódicamente tus notificaciones electrónicas o postales. Así podrás detectar posibles errores u omisiones en tus declaraciones tributarias y subsanarlos antes de que se generen sanciones o recargos.

  • Negocia con la Agencia Tributaria una solución amistosa para saldar tu deuda. Puedes solicitar una reducción del importe adeudado, un aplazamiento o fraccionamiento del pago, una sustitución del bien embargado o una devolución del exceso embargado. Siempre es mejor llegar a un acuerdo que enfrentarse a un proceso judicial.

  • Busca asesoramiento profesional para gestionar tu deuda. Puedes contar con la ayuda de un abogado, un gestor o una empresa especializada en soluciones financieras como Bravo. Los profesionales capacitados te orientarán sobre las mejores opciones para saldar tu deuda y te acompañarán en todo el proceso.

Preguntas Frecuentes sobre la Diligencia de Embargo

¿Cómo Afecta la Diligencia de Embargo a Mi Economía?

La diligencia de embargo afecta negativamente a tu economía, ya que supone una disminución de tus bienes o ingresos disponibles. Además, genera un deterioro de tu reputación financiera y dificulta tu acceso al crédito. Por eso, es importante intentar resolver cuanto antes la situación y evitar que se agrave.

¿Puede un Abogado Anular una Diligencia de Embargo?

Un abogado puede anular una diligencia de embargo sí demuestra que esta es ilegal, injusta o desproporcionada. Para ello, debe presentar un recurso ante la administración que ha emitido el embargo o ante los tribunales competentes, aportando las pruebas necesarias para sustentar su reclamación.

¿Cómo Evitar Futuras Diligencias de Embargo?

Para evitar futuras diligencias de embargo, lo más crucial es pagar las deudas que se tengan con las administraciones públicas en el plazo establecido.

Si esto no es posible, solicita un aplazamiento o fraccionamiento del pago, siempre que se cumplan los requisitos exigidos. También se puede recurrir a la ayuda de profesionales o empresas que ofrezcan soluciones financieras para saldar las deudas pendientes.

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