Los créditos contra la masa son uno de los conceptos más relevantes -y también más complejos- dentro de un procedimiento concursal y, en especial, en la Ley de Segunda Oportunidad. Se trata de deudas que nacen durante el propio proceso y que, por su naturaleza, tienen prioridad absoluta de pago, lo que las convierte en un elemento determinante para cualquier persona que busca reorganizar o cancelar sus deudas.
Desde Bravo te explicamos en qué consisten, en qué se diferencian del crédito concursal, cuáles son sus ejemplos más habituales y qué papel desempeñan en el plan de pagos del deudor que busca una segunda oportunidad financiera.
¿Qué es un crédito contra la masa?
Es una deuda que nace después de la declaración de concurso, es decir, durante la tramitación del procedimiento concursal. A diferencia de las deudas anteriores, estos créditos se consideran necesarios para que el concurso pueda desarrollarse correctamente o para garantizar la subsistencia básica del deudor.
Desde el punto de vista legal, su regulación se encuentra en la Ley Concursal, concretamente en los artículos 242 y puntos siguientes. La norma les otorga un tratamiento privilegiado porque se entiende que, sin ellos, el procedimiento no podría avanzar.
Para una persona endeudada, esto significa algo muy relevante: son deudas que deben pagarse con prioridad, incluso antes que muchas de las deudas antiguas incluidas en el concurso.
Diferencias entre crédito contra la masa y crédito concursal
Uno de los errores más habituales en un procedimiento de esta índole es confundir ambos tipos de deuda. Aunque conviven dentro del concurso, su origen, tratamiento legal y consecuencias prácticas para el deudor son muy diferentes.
Crédito concursal
Se trata de las deudas que existían con anterioridad a la declaración de concurso. Estas obligaciones:
- Se incluyen en la lista general de acreedores.
- Se clasifican según su naturaleza (privilegiadas, ordinarias o subordinadas).
- Se pagan conforme al orden legal establecido y únicamente si existe masa suficiente.
La mayoría de las deudas que llevan a una persona a acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad pertenecen a esta categoría.
Crédito contra la masa
Hace referencia a las deudas que se generan una vez iniciado el procedimiento concursal y que reciben un tratamiento diferenciado:
- Tienen prioridad de cobro inmediata frente al resto de acreedores.
- No se integran en la lista general de acreedores concursales.
- Resultan necesarias para el correcto desarrollo del procedimiento.
Esta diferencia entre crédito contra la masa y crédito concursal es clave para entender por qué estas deudas, a diferencia de muchas concursales, no suelen quedar exoneradas en la Ley de Segunda Oportunidad.
Tabla comparativa
Ejemplos de créditos contra la masa
Para entender mejor cómo operan los créditos contra la masa en la práctica, resulta útil ver algunos ejemplos habituales que pueden aparecer durante un procedimiento concursal, especialmente en situaciones reales de personas físicas y pequeños negocios.
Salarios y cotizaciones posteriores al concurso
Los salarios devengados tras la declaración de concurso, junto con las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes, tienen la consideración de deudas prioritarias. La ley les otorga una protección especial por su carácter esencial.
Honorarios de la administración concursal
La retribución del administrador concursal es uno de los supuestos más frecuentes. Estos importes son necesarios para la correcta gestión del procedimiento y permiten que el concurso se desarrolle con normalidad.
Alquileres necesarios para continuar la actividad
Cuando el deudor necesita mantener una vivienda habitual o un local imprescindible para su actividad económica, los alquileres que se devengan tras el inicio del concurso reciben este tratamiento preferente.
Deudas por suministros esenciales
Gastos como la electricidad, el agua, el gas o las telecomunicaciones, siempre que resulten indispensables, se consideran deudas prioritarias cuando se generan después de la declaración concursal.
Impuestos y deudas públicas posteriores
Los impuestos y tasas que se devengan con posterioridad al concurso, como el IVA o el IRPF, no se integran como deudas concursales y cuentan con prioridad absoluta de pago.
Pensiones de alimentos tras la declaración concursal
Las pensiones de alimentos fijadas judicialmente y generadas después del inicio del procedimiento reciben una protección reforzada, al estar directamente vinculadas a la subsistencia del beneficiario.

Cómo se pagan los créditos contra la masa (orden, prioridad y plazos)
El modo en que se pagan estas deudas es uno de los aspectos más delicados del procedimiento concursal y, a la vez, una de las principales fuentes de error. Una mala comprensión de su prioridad puede comprometer seriamente el desarrollo del mismo o el plan de pagos del deudor.
Regla general: pago preferente
Los créditos contra la masa se abonan antes que cualquier crédito concursal. No se posponen al final del procedimiento, sino que deben pagarse conforme van venciendo, siempre que exista liquidez suficiente en la masa activa.
Orden de pago interno (art. 250 de la Ley Concursal)
Cuando la masa activa no es suficiente para atender todas estas obligaciones, la ley establece un orden interno de pago que debe respetarse:
- Costas y gastos judiciales del concurso.
- Gastos de alimentos del deudor y de las personas a su cargo.
- Retribución de la administración concursal.
- Créditos laborales generados con posterioridad al concurso.
- Obligaciones contractuales indispensables para el procedimiento o la actividad.
Este orden resulta determinante para entender cómo funciona el pago de estos créditos y qué consecuencias prácticas puede tener para el deudor.
Consecuencia de no poder atenderlos
Cuando no es posible hacer frente a estas obligaciones, el procedimiento suele avanzar hacia la fase de liquidación, lo que limita las alternativas del deudor y reduce las posibilidades de conservar patrimonio o mantener un plan de pagos viable.
Créditos contra la masa en la Ley de Segunda Oportunidad
En el contexto de la LSO, el tratamiento de estas deudas adquiere una relevancia especial, ya que puede condicionar de forma directa la viabilidad del procedimiento y las expectativas reales del deudor.
Qué ocurre con los créditos contra la masa en la Segunda Oportunidad
Con carácter general, estas deudas no quedan exoneradas, incluso cuando el deudor obtiene el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). Esto implica que siguen siendo exigibles y deben atenderse conforme a su prioridad legal.
Este tratamiento refuerza su naturaleza preferente y explica por qué su correcta identificación es esencial desde el inicio del procedimiento.
Excepción: créditos de alimentos esenciales
Las obligaciones por alimentos reciben un tratamiento específico, orientado a garantizar la subsistencia mínima del beneficiario. Aunque no desaparecen, su gestión se realiza atendiendo a su finalidad protectora.
Relación con el plan de pagos
Dentro de la Segunda Oportunidad, estas deudas deben incorporarse como pagos obligatorios. Su prioridad influye de forma directa en la estructura del plan de pagos y limita el margen de exoneración del resto de obligaciones.
Cómo afecta un crédito contra la masa al plan de pagos del deudor
La aparición de una deuda de este tipo puede alterar de forma significativa el equilibrio del plan de pagos en un procedimiento de LSO. Por su carácter prioritario, su impacto no es solo económico, sino también jurídico.
En la práctica, puede provocar varias consecuencias relevantes:
- Limita la posibilidad de exonerar determinadas deudas generadas con posterioridad al concurso.
- Obliga al deudor a acreditar ingresos mínimos suficientes para poder atender estos pagos prioritarios.
- Un error frecuente consiste en confundir deudas anteriores con nuevas y declararlas de forma incorrecta, lo que puede afectar a la viabilidad del plan.
Cuando no es posible hacer frente a estas obligaciones, el procedimiento puede fracasar y, en última instancia, pasar a la fase de liquidación.
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¿Por qué es esencial entender los créditos contra la masa antes de iniciar la Segunda Oportunidad?
Comprender correctamente cómo funcionan los créditos contra la masa resulta fundamental antes de iniciar un procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad. Su carácter prioritario y su tratamiento diferenciado hacen que estas deudas tengan un impacto directo en el desarrollo del concurso y en las expectativas reales del deudor.
A diferencia de otras obligaciones, no suelen quedar exoneradas y deben atenderse incluso cuando se obtiene el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Además, condicionan de forma decisiva la estructura y la viabilidad del plan de pagos, ya que requieren una planificación financiera realista desde el inicio.
Realizar un análisis previo adecuado permite evitar errores frecuentes que pueden comprometer todo el procedimiento y facilita la toma de decisiones más responsables, ajustadas a la situación económica del deudor y orientadas a alcanzar una verdadera segunda oportunidad.
Preguntas comunes sobre créditos contra la masa
A lo largo de un procedimiento concursal es habitual que surjan dudas prácticas sobre el tratamiento de estas deudas y sus efectos reales. Por esa razón, desde Bravo te respondemos a algunas de las más frecuentes.
¿Qué crédito se paga primero?
Siempre los créditos contra la masa, siguiendo el orden interno legal si la masa es insuficiente.
¿Todos son inexcusablemente exigibles?
En la práctica, sí. Su carácter prioritario los convierte en deudas de obligado cumplimiento.
¿Pueden embargarme por un crédito contra la masa?
Si no se atienden como es debido, pueden dar lugar a ejecuciones dentro del marco legal.



